Lanbide ampara la violencia de género.
Concentración a las puertas del Gobierno Vasco para denunciar que el Servicio Vasco de Empleo ejerce una política violenta que coarta la libertad de las mujeres, las condena a la judicialización de la vida familiar y a la tutela permanente.
Murrizketarik EZ!!
La intención de esta iniciativa era denunciar los diferentes recortes y criterios de Lanbide qué hacen que las mujeres que sufren violencia de género no puedan acceder a las prestaciones sociales.
Así, en el trascurso de la misma se ha registrado a la atención de la dirección de EMAKUNDE, una serie de testimonios de mujeres afectadas por esta violencia económica e institucional. Y las malas prácticas y recortes aplicados por Lanbide.
LANBIDE QUIERE METERSE EN NUESTRAS BRAGAS!!
Desde que en diciembre del año 2011 Lanbide asumiera las competencias en la gestión de la Renta de Garantía de Ingresos, se vienen aplicando una serie de políticas hipócritas, restrictivas y perjudiciales que nos afectan de manera más grave si, además de estar empobrecidas, somos mujeres.
Como bien sabemos, la Renta de Garantía de Ingresos es una prestación social cuyos objetivos principales son, por una parte, garantizar un mínimo de ingresos para la ciudadanía evitando el empobrecimiento de ésta y, por otra, potenciar la cohesión social de la Comunidad Autónoma. Desde hace un tiempo, Lanbide no sólo está yendo contra los principios de la ley sino que, en muchas ocasiones, atenta contra la dignidad de las personas a través de sus prácticas.
En particular, respecto al maltrato institucional dirigido hacia las mujeres, queremos denunciar públicamente que Lanbide:
Obliga a cumplir unos plazos y/o condiciones que no se ajustan a la realidad práctica de la administración y, por lo tanto, deja sin prestación a personas que no pueden hacer nada por sí mismas para solventarlo.
Obliga a las personas a judicializar las relaciones familiares y de pareja, no dando margen a otras vías de solución más constructivas, ajustadas a cada realidad concreta y que resulten menos traumáticas para las relaciones familiares, si éstas así lo deciden y logran gestionarlas.
Toma en cuenta sólo cierto tipo de documentación, rechazando certificados oficiales igualmente válidos. Por ejemplo, cuando a partir de un despido en el empleo de hogar se establece por error como causa de la extinción laboral una "baja voluntaria" de la trabajadora, se toma en consideración exclusivamente el impreso de la Seguridad Social sabiendo que se cumplimenta mal e ignorando otras documentaciones oficiales más fáciles de conseguir, como una denuncia ante Inspección de Trabajo.
Atiende problemáticas sociales (en especial, a las mujeres que han sido víctimas de violencia de género) culpabilizándolas y obligándoles a exponer situaciones íntimas en un espacio físico que no reúne las condiciones mínimas de dignidad y que no garantiza la intimidad de las mismas.
Penaliza el ahorro y el apoyo de la familia extensa, permitiéndose tomar decisiones sobre la vida privada de las personas y convirtiendo a las mujeres en menores susceptibles de ser tutorizadas.
Utiliza procedimientos injustos e ineficaces para gestionar tanto los sistemas de orientación para el empleo como los de gestión de las prestaciones, deshumanizando a quienes interactúan con las personas perceptoras y tratando a las usuarias de los servicios como personas que no son sujetos de derechos.
Deja sistemáticamente fuera del sistema de prestaciones públicas a muchas personas, violando su intimidad y fiscalizando sus vidas en un hecho encubierto de recorte de derechos sociales.
En concreto, las mujeres perceptoras de prestaciones sociales se ven obligadas, con este tipo de prácticas, a tolerar situaciones de violencia por no disponer de alternativas; a no poder salir de la precariedad de la que son mayoritariamente protagonistas; a realizar trámites imposibles y a seguir siendo personas a cargo de otras (madres, padres o parejas) estableciendo, como si fuera una cárcel, el lugar que ocupan en la sociedad, culpabilizándolas por estar empobrecidas, siendo estigmatizadas y condenadas a no disponer de otro camino que no sea quedarse dónde y cómo siempre.
Los colectivos abajo firmantes decimos que YA ESTA BIEN. Exigimos al Servicio Vasco de Empleo Lanbide:
- Que no fiscalice nuestra privacidad y que se nos trate con la dignidad y el respeto que merecen todas las personas, no sólo las que no están empobrecidas. Nuestra intimidad y nuestra dignidad NO se tocan.
- Que cumpla la ley. Ya está bien de notificaciones masivas, de retrasos sistemáticos, de exigir plazos o documentación que no se ajusta a la realidad ni a la necesidad y que no se contempla en la ley. Ya basta de priorizar el control del fraude por encima de la protección de las personas.
- Que no oferte puestos de trabajo ilegales, que no favorezca la explotación de las mujeres y que no dé carta blanca a los empleadores para tener tantos mecanismos de control sobre las trabajadoras.
- Que deje de pedir a las mujeres que sean tutorizadas, que deje de frenar nuestra independencia y condenarnos a los trabajos de cuidados como única salida.
- Que deje de penalizar nuevas formas de organización familiar, apoyo de la familia extensa y/o estructuras de organización comunitarias que favorecen la supervivencia de todas las personas (y el ejercicio repartido de los trabajos de cuidados) y que, en todo caso, son decisiones personales que podemos tomar sin necesidad de ser supervisadas por nadie.
- Que deje de dar por hecho que las relaciones de pareja tienen que conllevar un soporte económico que no es más que una vía para que los hombres sigan controlando a las mujeres.
- Que nos trate con humanidad, respeto, humildad y sin dejar de vernos, reconocernos y dignificarnos. Las personas perceptoras no somos fraudulentas por principio, no necesitamos que nadie fiscalice nuestras vidas ni tome decisiones por nosotras y lo más importante: NO queremos.
Lanbide entra tanto en nuestra intimidad, en nuestras casas y en nuestra organización vital que casi se diría que quiere meterse en las bragas de las mujeres que perciben la Renta de Garantía de Ingresos. Desde aquí, queremos alzar la voz y demostrar nuestra libertad y nuestra capacidad, al tiempo que denunciamos públicamente prácticas que se realizan desde el Servicio Vasco de Empleo que nos humillan y maltratan de forma sistemática.
Colectivos sociales de Bizkaia:
Argilan, Asamblea Abierta en Defensa de las Prestaciones Sociales, Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia, Berri-Otxoak, Brujas y Diversas, Danok Lan, Elkartzen, Mujeres del Mundo, Posada de los Abrazos, y SOS Racismo.
Malas prácticas de Lanbide con mujeres víctimas de violencia de género
Lanbide no es un espacio físico preparado para atender a mujeres víctimas de violencia, no hay un respeto al derecho a la intimidad. Además, no todo el personal de Lanbide tiene una preparación específica con perspectiva de género. Las mujeres están a la expectativa de la buena o mala "capacidad" de quien le toque en suerte para resolver su caso.
Para tener acceso a las prestaciones es requisito necesario tener una orden de alejamiento en vigor, como si esto dependiera de la voluntad de la mujer. Es el juez quien valora y decide si implanta o no una orden de alejamiento. En ningún caso, su no concesión debiera ser argumento para no conceder la Renta de Garantía de Ingresos.
Además, a las mujeres que tienen hij@s se les obliga a denunciar al padre solicitando la pensión de alimentos para los mismos. Cuando son mujeres víctimas de violencia esto no siempre es posible, ni fácil. Se debería valorar las consecuencias negativas que se puedan derivar de esa denuncia.
Pero es que se añade otro requisito más cuando se trata de mujeres víctimas de violencia y es que antes de un año deben plantear la separación matrimonial ante el Juzgado y ese plazo no siempre es sencillo de cumplir para muchas mujeres en esa situación de precariedad, vulnerabilidad... Nos parece que quien redacta este tipo de normas vive alejado de la realidad a la que se enfrentan estas mujeres.
Otro requisito absurdo es que para poder solicitar la Prestación Complementaria de Vivienda (en caso de mujeres que, por una situación de violencia que haya podido poner incluso en riesgo sus propias vidas, hayan tenido que abandonar su domicilio), deben acreditar que están sacando un rendimiento económico a su vivienda anterior (por ejemplo, alquilándola). Cuando les es materialmente imposible debido a su propia situación personal.
PROPUESTAS DE MEJORA:
- Elaborar un protocolo de atención a personas víctimas de violencia y que la gestión del caso se realice por parte de los servicios sociales municipales; o bien, servicios especializados en Lanbide con personal formado para trabajar con las mujeres víctimas de violencia de género.
- No pedir orden de alejamiento en vigor sino valoración de su condición de víctima por parte de los servicios sociales municipales o especializados.
- No pedir separación en un plazo de tiempo tan corto.
- No pedir el rendimiento económico de la vivienda habitual –o cualquier otro patrimonio en propiedad- hasta que no se estime, por parte de los servicios sociales municipales -o especializados en violencia de género- que las mujeres se encuentran en un momento adecuado para enfrentarse a esa situación.
HISTORIAS DE VIDA:
H. es una mujer de 40 años con 3 hijos. Llega a Bizkaia huyendo de una situación de violencia vivida en Málaga. El padre de sus hijos la maltrata y la mujer, tras haber pasado brevemente por un centro de acogida y sentir el miedo siempre a que el ex marido apareciera, decide cambiar de residencia.
Llega a Bizkaia cobrando el subsidio por desempleo y se instala en Portugalete. Se empadrona allí y tras casi un año de estancia, mientras busca trabajo sin éxito, se pone en contacto con una ONG que le comienza a apoyar en la búsqueda de empleo y, dado el tiempo de empadronamiento la orienta a que acuda a Lanbide a preguntar si, como víctima de violencia de género que ha sido, con un año de empadronamiento puede pedir la RGI.
En un primer momento le dicen que si, que lleve los papeles pero, como aún no había cumplido un año de antigüedad en padrón, le dicen, aún no pueden darle registro de entrada a su documentación.
Tras un tiempo esperando, H. se arma de valor y decide acudir a la ONG para que le ayuden a saber qué pasa con su expediente. Se llama a la oficina y se descubre que, entre las vacaciones de la persona especialista en violencia de género y el director de la oficina que tiene dudas sobre la viabilidad del expediente, éste, está retenido y, así continúa pasando el tiempo sin que nadie tenga claro cuál es el futuro de esta mujer.
Tras seis meses de espera, se logra (no sin insistencia) que la oficina de curso al expediente y se le reconozca la RGI a la persona.
La ley que regula la RGI dice que si eres víctima de violencia de género tienes la posibilidad de beneficiarte de la RGI con excepciones, en concreto, con un año de empadronamiento y no tres.
Lanbide plantea en sus criterios internos que para acreditar esta condición de víctima debes tener una orden de alejamiento en vigor. Si bien sabemos que esto no es así y hay mujeres a las que se les concede sin esta orden, entendemos que es injusto, absurdo y abusivo pedir el cumplimiento de esta medida de la orden de alejamiento si se concibe la RGI como una herramienta para evitar que muchas mujeres aguanten pesadillas y auténticas situaciones de violencia. Las órdenes de alejamientos son concedidas en pocas ocasiones, son temporales y en ningún caso dependen de la víctima.
A H., pasado el tiempo, le han seguido pasando mil historias con Lanbide, y nos tememos que así seguirá sucediendo pero no obstante, seguirá peleando por hacer valer su derecho.
C. tiene 31años, tiene un niña y una niño de 10 y 3 años y en estos momentos viven en Barakaldo. C., tras quedarse en paro, solicito por primera vez la RGI desde ese momento ha recibió varias comunicaciones donde le pedían que complementara documentación (que volviera a presentar documentos que ya había presentado).
En su primera solicitud (agosto de 2013) le pedían que hiciera valer el derecho de manutención de sus hijos, para ello le daban un plazo de10 días, plazo imposible de cumplir para realizar los trámites que Lanbide solicita, así pues, C. denunció al padre de su hijo mayor , al que hacía nueve años había denunciado por violencia de género, motivo por el cual había escapado de casa y de su agresor, arriesgándose a que este volviera a localizar a madre e hija, todo por petición de Lanbide y también al padre de su hijo menor del que está separada, éste sin mayor problema.
Al no cumplir los plazos estipulados por Lanbide se archiva su solicitud de RGI. En febrero de 2014 vuelve hacer una nueva solicitud de RGI, presentando aparentemente toda la documentación, Lanbide contesta está vez que "falta documentación". A través de presionar a Emakunde, siendo atendidas por Dña Ana Aldekoa, Lanbide tiene el gusto de darle una cita a C. a mediados de agosto, para darle copia de su expediente, que ella había solicitado con la intención de averiguar de qué documentación se trata, en dicha cita le explican cual es la documentación que falta.
La documentación que según Lanbide faltaba y por la que vuelven a archivar su solicitud de RGI, es la demanda que está tenía que presentar al padre de su hija mayor y por el que ya había presentado un escrito del letrado Jon Alvarez Suarez (abogado designado para realizar esta demanda) certificando que este se encontraba realizando dicho trámite. Este certificado no fue suficiente para Lanbide y vuelven a archivar su solicitud.
En septiembre de 2014 ha realizado una nueva solitud presentando de nuevo toda la documentación, para qué se le reconozca el derecho a percibir la RGI, según los servicios centrales de Lanbide a 17 de noviembre, su solicitud sigue en trámite.
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