Juicio a Lanbide por malas practicas e irregularidades

fotoContra la criminalización de la pobreza…
En la mañana de ayer miércoles nos hemos concentrado ante las principales oficinas del “Servicio Vasco de Empleo” en Barakaldo, ubicadas en el barrio de Beurko.

En el trascurso de esta iniciativa, J.M.G. -vecino de Barakaldo de 28 años- ha anunciado que el lunes 25 de septiembre se verá un juicio contra Lanbide en los juzgados del contencioso-administrativo de Gasteiz; producto de la demanda presentada por este trabajador autónomo contra la vulneración de derechos sufrida por parte de Lanbide.

Mediante esta denuncia pública -y judicial- se ha querido evidenciar que en estas oficinas del “Servicio Vasco de Empleo” se vulnera los derechos, legislación, procedimientos y reglamentos de acceso a las prestaciones sociales.

Comunicado

SEÑALAMIENTO JUICIO CONTRA LANBIDE POR DENUNCIA REALIZADA POR TRABAJADOR AUTÓNOMO

  • En el mes de mayo J.M.G., vecino de Barakaldo y trabajador autónomo de 28 años, presentó denuncia contra Lanbide en los juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
  • este trabajador autónomo demandó en instancias judiciales la vulneración de derechos que ha sufrido por parte del “Servicio Vasco de Empleo”. Al denegarle desde Lanbide el acceso a la Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo, dentro del programa de la RGI.
  • Además, su solicitud de protección judicial se ampliaba contra al acoso e incumplimiento sistemático de la normativa que rige de forma habitual la atención en las oficinas de Lanbide.
  • Estas peticiones de amparo han conllevado sentar en el banquillo a Lanbide: este lunes 25 de septiembre se celebrará juicio contra el Servicio Vasco de Empleo en los juzgados del contencioso-administrativo de Gasteiz.
  • Amparo judicial a sumar al prestado por el Ararteko-Defensor del Pueblo.

Nota de Prensa

Ante las principales oficinas de Lanbide en Barakaldo, en el barrio de Beurko. J.M.G., trabajador autónomo de 28 años, anunciará el día de la vista del juicio de la demanda presentada en el Contencioso-Administrativo contra el Servicio Vasco de Empleo.

En concreto, este trabajador autónomo vio denegado el acceso a la Renta de Garantía de Ingresos bajo la falsa excusa de no entregar la documentación requerida cuando obra en su poder un resguardo de esta oficina de Lanbide donde se acredita la presentación de los formularios solicitados.

Por otro lado. Pasados los meses se le requiere nueva documentación que nada tiene que ver con su situación económica -o laboral-, como la tarjeta sanitaria. Lo cual no se le notificó en el momento de la presentación de su solicitud de acceso a la Renta Complementaria de Ingresos, como trabajador autónomo.

Además, entregados los formularios exigidos por parte de Lanbide en diferentes comunicaciones -y pasados 8 meses del inicio de solicitud- se rechaza su petición de acceso a una prestación económica bajo la excusa de entregar la documentación fuera de plazo. Lo cual es grave por 4 importantes motivos, los cuales han sido acreditados ante los juzgados de lo contencioso, y que conlleva la celebración de un juicio contra las malas prácticas de Lanbide; señalado para el lunes 25 de septiembre:

  • En primer lugar. La documentación había sido entregada en el inicio de su solicitud en el mes de junio del 2016; además, de en diferentes comparecencias durante los meses de agosto y septiembre del 2016
  • Segundo. Se intenta entregar escrito de alegación en plazo pero es imposible al negar su recepción: la excusa es la falta de registro. Aunque por el “Procedimiento Administrativo Común” esta oficina ha de disponer del mismo.
  • En tercer lugar. Lanbide no respeta los plazos marcados por la legislación para la entrega y contestación a los recursos planteados: retrasando en más de cuatro meses su resolución. Lo cual ha motivado varias resoluciones y recomendaciones por parte del Ararteko contra actuaciones de Lanbide.
  • Cuarto. Lanbide cuenta como días de plazo de entrega hábiles los sábados. Cuando, desde la entrada en vigor del “Procedimiento Administrativo Común”, se declara inhábiles los sábados al igual que ya lo son domingos y festivos. Entrada en vigor que se produjo a partir del sábado 8 de octubre en aplicación de la “Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”; en cuyo artículo 30.2 se regulan los días hábiles e inhábiles a la hora del cómputo de plazos en las distintas convocatorias. Lo cual demuestra un grave desconocimiento de los procedimientos administrativos ordinarios por parte de Lanbide.

A todos estos hechos debemos añadir las malas prácticas aplicadas de forma habitual en esta oficina de Lanbide en el barrio barakaldés de Beurko; y que han sido incorporadas en la denuncia que se resolverá este lunes 25 de septiembre en los juzgados de lo Contencioso-Administrativo:

  •  Falta de operatividad y citas previas limitadas por día. Lo cual retrasa la atención a las familias.
  • Inexistencia de un registro donde proporcionar la documentación reclamada por Lanbide.
  • Impedimentos para entregar la documentación requerida desde “Servicios Centrales de Lanbide”.
  • Negativa a recoger alegaciones y recursos cuando se intenta en estas dependencias, lo cual es ilegal.
  • Escaso personal. Por lo que las personas usuarias tienen que esperar más un mes para ser atendidas.
  • Dificultad para informar de forma inmediata de los casos más urgentes.
  • Imposibilidad de acceso al personal ante cualquier requerimiento o entrega de documentación.

Para finalizar, sólo cabe destacar que mediante la demanda judicial o la petición de amparo realizada ante el Ararteko-Defensor del Pueblo. Solo se pretende evidenciar el endurecimiento de requisitos; reducción de cuantías; incumplimiento de la normativa; y continuas campañas de criminalización. Todo ello por parte del Servicio Vasco de Empleo-Lanbide.

Malas prácticas impulsadas a diario en las 2 oficinas de Lanbide en Barakaldo con el ánimo de recortar los derechos que asisten a cientos de familias con dificultades para llegar a fin de mes en la localidad.

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