Admitida a trámite demanda judicial contra Lanbide, Servicio Vasco de Empleo

fotoContra la criminalización de la pobreza

La pasada mañana del miércoles, 21 de junio, se ha desarrollado una concentración ante las principales oficinas del “Servicio Vasco de Empleo” en Barakaldo, ubicadas en el barrio de Beurko.

En el trascurso de esta iniciativa, J.M.G., trabajador autónomo de 28 años, ha presentado la demanda judicial admitida a trámite contra Lanbide en los juzgados de lo Contencioso-Administrativo.

Mediante esta denuncia pública se ha querido evidenciar que en estas oficinas del “Servicio Vasco de Empleo” se vulnera los derechos, legislación, procedimientos y reglamentos del acceso a las prestaciones sociales; además, de la imposibilidad de entrega en plazo de la documentación requerida.

 En el mes de mayo J.M.G., vecino de Barakaldo y trabajador autónomo de 28 años, presentó denuncia judicial contra Lanbide en los juzgados de lo Contencioso-Administrativo.Este trabajador autónomo demandó en instancias judiciales la vulneración de derechos que ha sufrido por parte del “Servicio Vasco de Empleo”. Al denegársele desde Lanbide el acceso a la Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo, dentro del programa de la RGI.Además, su demanda judicial se ampliaba contra al acoso permanente, e incumplimiento sistemático de la normativa, que rige de forma habitual la atención en las oficinas de Lanbide.

Comunicado

 Ante las principales oficinas de Lanbide en Barakaldo, en el barrio de Beurko. J.M.G., trabajador autónomo de 28 años, anunciará -acompañado de su abogado- la admisión a trámite de la demanda judicial presentada en el Contencioso-Administrativo.

 Solicitud de amparo judicial, a sumar a la prestada por el Ararteko-Defensor del Pueblo.

 En concreto, este trabajador autónomo vio denegado el acceso a la Renta de Garantía de Ingresos bajo la falsa excusa de no entregar la documentación requerida cuando obra en su poder un resguardo de esta oficina de Lanbide donde se acredita la presentación de los formularios solicitados.

 Por otro lado. Pasados los meses se le requiere nueva documentación que nada tiene que ver con su situación económica -o laboral-, como la tarjeta sanitaria. Lo cual no se le notificó en el momento de la presentación de su solicitud de acceso a la Renta Complementaria de Ingresos, como trabajador autónomo.

 Además, entregados los formularios exigidos por parte de Lanbide en diferentes comunicaciones -y pasados 8 meses del inicio de solicitud- se rechaza su petición de acceso a una prestación económica bajo la excusa de entregar la documentación fuera de plazo. Lo cual es grave por 4 importantes motivos, los cuales han sido acreditados ante los juzgados de lo contencioso:

  • En primer lugar. La documentación había sido entregada en el inicio de su solicitud en el mes de junio del 2016; además, de en diferentes comparecencias durante los meses de agosto y septiembre del 2016
  • Segundo. Se intenta entregar escrito de alegación en plazo pero es imposible al negar su recepción: la excusa es la falta de registro. Aunque por el “Procedimiento Administrativo” esta oficina ha de disponer del mismo.
  • En tercer lugar. Lanbide no respeta los plazos marcados por la legislación para la entrega y contestación a los recursos planteados: retrasando en más de cuatro meses su resolución. Lo cual ha motivado una queja por parte del Defensor del Pueblo-Ararteko.
  • Cuarto. Lanbide cuenta como días de plazo de entrega hábiles los sábados. Cuando, desde la entrada en vigor del “Procedimiento Administrativo Común”, se declara inhábiles los sábados al igual que ya lo son domingos y festivos. Entrada en vigor que se produjo a partir del sábado 8 de octubre en aplicación de la “Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”; en cuyo artículo 30.2 se regulan los días hábiles e inhábiles a la hora del cómputo de plazos en las distintas convocatorias. Lo cual demuestra un grave desconocimiento de los procedimientos administrativos ordinarios por parte de Lanbide.

A todos estos hechos debemos añadir las malas prácticas aplicadas de forma habitual en esta oficina de Lanbide en el barrio barakaldés de Beurko; y que han sido incorporadas a la denuncia admitida a trámite por los juzgados de lo Contencioso-Administrativo:

 Falta de operatividad y citas previas limitadas por día. Lo cual retrasa la atención a las familias.

  • Inexistencia de un registro donde proporcionar la documentación reclamada por Lanbide.
  • Impedimentos para entregar la documentación requerida desde “Servicios Centrales de Lanbide”.
  • Negativa a recoger alegaciones y recursos cuando se intenta en estas dependencias, lo cual es ilegal.
  • Escaso personal. Por lo que las personas usuarias tienen que esperar más un mes para ser atendidas.
  • Dificultad para informar de forma inmediata de los casos más urgentes.
  • Imposibilidad de acceso al personal ante cualquier requerimiento o entrega de documentación.

 Para finalizar, sólo cabe destacar que mediante la demanda judicial admitida a trámite; y la solicitud de amparo realizada ante el Ararteko-Defensor del Pueblo. Solo se pretende evidenciar el endurecimiento de requisitos; reducción de cuantías; incumplimiento de la normativa; y continuas campañas de criminalización. Todo ello por parte del Servicio Vasco de Empleo-Lanbide.

Malas prácticas impulsadas a diario en las 2 oficinas de Lanbide en Barakaldo con el ánimo de recortar los derechos que asisten a cientos de familias con dificultades para llegar a fin de mes en la localidad.

 


Etiquetas: