Iniciativa para denunciar y detener los «cobros indebidos» del Servicio Vasco de Empleo Lanbide

foto rueda de prensaUna sentencia del Tribunal de Estrasburgo de Derechos Humanos (TEDH) y varias recomendaciones del Defensor del Pueblo-Ararteko dan la razón a las personas perceptoras responsabilizando a Lanbide de esta situación. El Servicio Vasco de Empleo ha llegado a cuestionar la «buena fe» de las personas perceptoras para desviar la atención de su mala actuación

Por eso es el motivo por el que desde Berri Otxoak animamos a las personas que se encuentren en esta situación a tramitar un recurso ante el Servicio Vasco de Empleo-Lanbide. Que no nos hagan pagar su nefasta gestión.

Berri-Otxoak inicia una campaña para denunciar y detener los cobros indebidos que el Servicio Vasco de Empleo-Lanbide está llevando a cabo contra las personas perceptoras de la Renta de Garantía de Ingresos

Una sentencia del Tribunal de Estrasburgo de Derechos Humanos (TEDH) y varias recomendaciones del Defensor del Pueblo-Ararteko dan la razón a las personas perceptoras responsabilizando a Lanbide de esta situación. El Servicio Vasco de Empleo ha llegado a cuestionar la «buena fe» de las personas perceptoras para desviar la atención de su mala actuación. Berri-Otxoak anima a las personas que se encuentren en esta situación a tramitar un recurso ante el Servicio Vasco de Empleo-Lanbide

La plataforma contra la exclusión Berri-Otxoak ha iniciado una campaña informativa con la intención de denunciar y detener los cobros indebidos que el Servicio Vasco de Empleo-Lanbide está llevando a cabo a personas preceptoras de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) y de la Prestación Complementaria de Vivienda (PCV) desde, al menos, el año 2019.

A pesar de la normativa estatal y autonómica que regula la reclamación de prestaciones indebidamente concedidas por parte de las instituciones públicas, ha tenido que ser una sentencia emitida por el Tribunal de Estrasburgo de Derechos Humanos (TEDH) asumida también por el Defensor del Pueblo-Ararteko, la que ha sentado un precedente en la defensa de los derechos de las personas perceptoras de la CAV.

«Son muchas las personas forzadas por Lanbide a devolver cuantías de prestaciones que recibieron por error de la entidad cuando, según el TEDH y el Ararteko, confiaban legítimamente en que no les serían cuestionadas y reclamadas retroactivamente», relata el colectivo.

Berri-Otxoak ha declarado que «según la sentencia y las resoluciones posteriores del Defensor del Pueblo, la entidad no comunica detalladamente en sus cartas las cantidades reclamadas mes a mes ni las diferencias concretas entre lo que las personas perceptoras percibieron y debieron percibir, lo que supone una angustiante e incomprensible sorpresa, además de una vulneración de su derecho a la defensa ante esta falta de datos en las mismas».

Frente al cuestionamiento de su actuación, Lanbide ha intentado poner en duda la «buena fe» de las personas perceptoras alegando una intención ilícita de lucro a sabiendas de que los ingresos percibidos iban destinados a cubrir los gastos de subsistencia de las personas perceptoras en el momento de su obtención.

Otro argumento que contraría la afirmación de Lanbide es que cuando estas personas consiguieron un empleo precario o sus ingresos laborales aumentaron, cumplieron su obligación de comunicarlo a la entidad en el plazo contemplado en la normativa. Esto conllevaba la modificación de la cuantía inicialmente asignada.

Mientras tanto, Lanbide se ha demorado en exceso a la hora de revisar los expedientes, en reaccionar consecuentemente y en comunicar detalladamente los cambios pertinentes a las personas perceptoras perpetuando su situación de vulnerabilidad económica y social.

La entidad se ha llegado a demorar tanto en sus obligaciones de revisión y respuesta que ha sobrepasado en múltiples ocasiones el límite de cuatro años que establece el artículo 44 de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco para reclamar los pagos indebidos que ha realizado desde que tuviera conocimiento del hecho causante de la obligación de reintegro.

Por todo ello, desde Berri-Otxoak animan a todas las personas que se encuentren en esta situación a tramitar un recurso ante el Servicio Vasco de Empleo-Lanbide, para lo cual ponen a su disposición un formulario de alegaciones e información adicional en su Oficina Alternativa de la calle San Antonio de Barakaldo, abierta todos los lunes de 11 a 13 horas en el número 8, en la página web berriotxoak@nodo50.org y la posibilidad de realizar cualquier consulta desde el correo enprecario@gmail.com.

¿Que se puede hacer ante los «cobros indebidos» de Lanbide?

Por la mala gestión de lanbide no te quedes sin el Ingreso Mínimo Vital

Barakaldo, 23 de noviembre de 2020

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