desinformemonos.org. Alicia Alonso.- La Convención para la prevención y sanción del delito de Genocidio fue adoptada por las Naciones Unidas en el 1948, un día antes de que se aprobara la Declaración Universal de Derechos Humanos, con un gran consenso internacional. La pretensión de la misma era evitar que se repitiesen las atrocidades que se cometieron durante la Segunda Guerra mundial.
Según la Convención, el genocidio es definido como “los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal y que consistan en alguna de estas acciones: a) la matanza de miembros del grupo; b) la lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; c) el sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) las medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; e) y el traslado por fuerza de menores del grupo a otro grupo”. La Convención también obliga a los estados a prevenir y castigar el genocidio, teniendo en cuenta que se trata de un proceso y que los estados deben estar alertar a las señales que marcan este camino.
La fuerza de la Convención viene del consenso obtenido internacionalmente y es de obligado cumplimiento para los estados que la firmaron. Su definición ha sido adoptada íntegramente por diversos tribunales penales internacionales y por la Corte Penal Internacional (que convirtió el genocidio en uno de los delitos sobre los que tiene jurisdicción).
Uno de los casos más flagrantes y actuales de genocidio es, indubitablemente, la situación del pueblo palestino, que se arrastra desde el año 1948 hasta el día de hoy. No fue solo la expulsión de sus territorios y las masacres que siguieron a partir de ese fatídico año, es también la ocupación ilegal por parte de Israel desde junio de 1967. Esta ocupación supone la cotidiana desposesión de tierras y los asentamientos, las restricciones a los desplazamientos con muros y puntos de control militares, las restricciones de acceso al agua y a los medios de producción de alimentos, las detenciones arbitrarias, torturas y juicios injustos y un largo etcétera de las humillaciones y discriminaciones que forman parte de las lesiones graves a su integridad física y psíquica.
Parte de este proceso de genocidio son también los ataques masivos e indiscriminados contra la población civil palestina encerrada en Gaza desde el año 2007 y que en los últimos 13 años ha supuesto el asesinado de más 10.600 personas. Gaza, una franja de territorio de doce por cuarenta kilómetros controlada por tierra, mar y aire por Israel, de la que no se puede huir, ni escapar y que hoy, con la disculpa de una reacción a los ataques recibidos, vuelve a ser objeto de bombardeamientos indiscriminados por parte del ejército israelí. Ataques a la población civil desarmada en escuelas, casas u hospitales donde las principales víctimas son niños, niñas, mujeres y personas ancianas.
Los estados signatarios de la convención tienen la obligación de poner fin a este genocidio, así como de prevenir y castigarlo. Pero una vez más, cuando se trata de resoluciones de Naciones Unidas o de la violación del derecho internacional humanitario por parte de Israel, nos encontramos con el incumplimiento sistemático y la impunidad.
Como señalaba recientemente la asesora especial de las Naciones Unidas para la Prevención del Genocidio “el odio, la venganza, la incitación a la violencia y su comisión sólo pueden contribuir a alimentar un ciclo de hostilidad y venganza” que no tendrá fin, hasta el exterminio de un pueblo. Paremos por todos los medios posibles este genocidio