Constitución Española:
Artículo 41: Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.
Artículo 43: 1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud. 2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
No hay mucho que decir, no hay un extenso comunicado para esta denuncia, sólo hay preguntas: ¿Cómo es posible que este gobierno deje sin cobertura a las personas que no tienen ingresos? ¿Cómo es posible que si tienes ingresos, ya sean por el empleo o por alguna prestación, no pagues los medicamentos y si no tienes ni un euro tienes que pagar los medicamentos?